¿Qúe son los derechos de las demás Personas? La respuesta por Imam As-Saÿÿâd (A.S) (Parte 1)

Risalatul Huquq o Tratado Sobre los Derechos es el único libro atribuido al Imam As-Saÿÿâd (a.s.) excepto sus hadizes, súplicas y cartas.

Los derechos de las demás Personas según el Imam As-Saÿÿâd (a.s.):

En cuanto al derecho de quien te ha favorecido con la libertad, es que sepas que él ha gastado en tí de sus bienes, y te ha sacado de la humillación de la servidumbre y su crueldad hacia la grandeza de la libertad y su humanidad. Te liberó del cautiverio de estar bajo posesión (1).Te sacó de los círculos de la esclavitud. Te hizo percibir el aroma de la grandeza. Te sacó de la prisión de la coerción. Alejó de tí la dificultad. Te hizo permisible el mundo en su totalidad. Te hizo dueño de tí mismo. Desató la correa que te sujetaba. Te dejó dedicado a la adoración de tu Señor. Hizo todo eso tolerando la disminución de su riqueza. Así que debes saber que él es para tí, en tu vida y en tu muerte, quien tiene prioridad entre las criaturas después de tus parientes, y más derecho a tu auxilio, ayuda y protección en el sendero de Allah. Así que no te prefieras a tí mismo por sobre aquello que él necesite.

El derecho de tu siervo sobre quien ha recaído tu favor, es que sepas que Allah te ha dispuesto como su protector, guardián, auxiliador y fortaleza, y que lo ha dispuesto a él como un medio y un vínculo entre tú y El. Entonces, lo más apropiado es que te proteja del Fuego y ello resulte a la larga una recompensa para él (en el más allá). Allah ha decretado para tí su herencia, en el caso de que no tenga parientes, como retribución por aquello que gastaste en él y por haber observado sus derechos después de ello. Así que en el caso de que no hayas observado sus derechos, será de temer que te sea conveniente su herencia (2). No hay Fuerza sino en Allah.

En cuanto al derecho de quien tiene un acto amable (dhul ma’ruf) para contigo, es que le agradezcas y hagas mención de su amabilidad (3), que divulgues a su favor bellas palabras, que supliques sinceramente por él en eso que está entre tú y Allah, Glorificado Sea. Si tú procedes así, le habrás agradecido tanto en secreto como abiertamente. Luego, si te es posible retribuirle (el favor), hazlo, y sino, debes estar preparado para ello y tener dispuesta la retribución.

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En cuanto al derecho del Muaddin), es que sepas que está recordándote a tu Señor, invocándote hacia tu dicha, y que es quien mejor te ayuda a cumplir lo que Allah te ha prescrito. Por lo tanto agradécele de la forma en que lo haces con quien te hace un bien. Si te encuentras en tu casa preocupado por ésto, no serás objeto de acusación a su respecto ante Allah, y habrás comprendido que él es una indudable gracia de Allah para contigo. Entonces, hazte de buena compañía y amistad con esa gracia de Allah, alabándole por ella en cualquier caso. No hay Fuerza sino en Allah (4).

En cuanto al derecho de tu Imam en la oración, es que sepas que él ha asumido la mediación entre tú y Allah, y la comparecencia ante tu Señor. Habla por tí, pero tú no hablas por él. Suplica por tí, pero tú no suplicas por él (5). Pide por tí, pero tu no pides por él. Te ha ahorrado la preocupación de ponerte frente a Allah y ha asumido la súplica por tí. Y como si ésto no te bastara, si en algo de ello hubiera falta o defecto, a él le incumbe la responsabilidad y no a tí. Si en ello hubiera extralimitación, no serías copartícipe de eso, y no tiene (sólo por ésto) ninguna virtud sobre tí. Así, ha preservado tu alma mediante la suya, y lo mismo ha hecho con tu oración mediante la suya. Debes agradecerle por ello. No hay Poder ni Fuerza sino en Allah.

En cuanto al derecho de quien se sienta junto a tí, es que lo trates con afabilidad y cordialidad, y que muestres imparcialidad hacia él mientras rivalizan en el habla (6). No apartes de él la vista en forma descomedida cuando ambos se estén mirando, y que cuando le hables te propongas hacerle comprender.  Si eres tú el que fue a sentarse con él, puedes levantarte cuando lo desees, pero si es él el que fue a sentarse contigo, el tendrá tal opción, y no te levantes sino con su permiso. No hay Fuerza sino en Allah.

En cuanto al derecho de tu vecino (yar), es que lo cuides cuando esté ausente, lo honres cuando esté presente, y que lo auxilies y ayudes en ambas situaciones. No persigas ningún defecto suyo, ni indagues para conocer algo malo de él, y si lo averiguas sin intención, no habrá responsabilidad (de tu parte). En este caso, resguarda lo que supiste como si fueras una  impenetrable y bien oculta fortaleza, de forma tal que si las lanzas (de la maledicencia) le procuran interiormente no le lleguen a tocar por estar protegido en ella. No le escuches a hurtadillas de forma que él no lo sepa. No lo desampares en la dificultad, ni le envidies por aquello con que fue agraciado. No des importancia a sus errores y perdona sus faltas. No escatimes paciencia con él cuando se comporte contigo en forma ignorante, y no dejes de estar en paz con él. Aleja de él la injuria y contrarresta el ardid que pudiera tener algún consejo que se le dé. Trátale de manera distinguida. No hay Poder ni Fuerza sino en Allah (7).

En cuanto al derecho del compañero (sahib), es que lo acompañes de un modo virtuoso y generoso mientras puedas hacerlo, y sino, por lo menos, con equidad y honradez. Debes honrarlo así como él te honra y protegerlo como te protege. No permitas que en el trato que tienen te preceda en la acción generosa, y si lo hizo, retribúyesela. No seas negligente respecto al afecto que merece, e impónte a tí mismo el aconsejarle, custodiarle, ayudarle a obedecer a su Señor y auxiliarle en su alma en aquello en que no le importe desobedecer a su Señor. Luego, sé para él una misericordia y no un castigo. No hay Fuerza sino en Allah (8).

En cuanto al derecho del socio (sharik), es que si él se ausentara, tú deberías bastarle en sus asuntos, y si estuviera presente, tratarle con igualdad. Que no resuelvas sólo de acuerdo con tu juicio sin que él exponga el suyo, y no obres según tu opinión sin consultarle. Debes cuidar de su propiedad y no le traiciones ya sea en algo de importancia o insignificante, ya que “la mano de Allah está sobre las de ambos socios, en tanto no se traicionen el uno al otro”. No hay Fuerza sino en Allah.

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En cuanto al derecho de la riqueza (mal), es que no la obtengas sino a través de lo que es lícito, que no la gastes sino en aquello que está permitido, que no la desvíes cuando ya está destinada a una cosa (en particular), que no trastoques su sentido, y que si proviene de (algo relacionado con la religión de) Allah, no la dispongas sino en Su causa. No te prives de ella reservándola para quien tal vez no te la agradezca, sino que incluso no use en buena forma lo que le hayas dejado como herencia, ni la utilice en obediencia a tu Señor, ya que entonces le habrías ayudado en ello; o bien, embellezca la opinión de sí mismo por cumplir obediencia a su Señor con el producto de tu riqueza, llevándose así honores sin esfuerzo. De esta manera, atraerías el pecado, el lamento y el arrepentimiento como consecuencia. No hay Fuerza sino en Allah (9).

En cuanto al derecho de tu acreedor (10)(al garim at talibu lak), es que si dispones de recursos, le pagues, le satisfagas y le compenses y no le despaches ni te demores (más), ya que dijo el Mensajero de Allah (BPD): “La demora (en pagar) de quien es rico, es en realidad opresión”. Y si estás en una situación difícil, debes dejarlo satisfecho con buenas palabras, requerirle (una prórroga) de la mejor manera y despedirlo con gentileza. De esta manera, no agregarás el mal trato a su disminución de riqueza, ya que eso sería actuar con vileza. No hay Fuerza sino en Allah (11).

En cuanto al derecho de aquel con quien te relacionas (jalit), es que no le engañes, ni le ilusiones, ni le mientas, ni le desatiendas, ni le traiciones (12), ni hagas nada por arruinarle como un enemigo que no permanece con su compañero. Si él confía en tí, debes profundizar en tu alma a su respecto, y entonces sabrías que “engañar a quien ha entregado su confianza es como realizar usura u obtener un lucro ilícito”. No hay Fuerza sino en Allah.

En cuanto al derecho de tu adversario que tiene una queja contra tí (al jasmil mudda’i ‘alaik), es que si aquello que alega es cierto no invalides su argumento, y no hagas nada por anular su acusación. Tú mismo deberías ser adversario de tu alma en su favor. Debes ser tu propio juez y un testigo a favor de él por el sólo derecho que le corresponde, sin que haga falta el testimonio de otros. Ciertamente que éste es un derecho de Allah contra tí. En el caso de que lo que reclama en tu contra sea falso, deberías tratarle con benevolencia, y le infundirías el ser temeroso de su religión y le exigirías jurar por ella. Tratarías de quebrar su cólera contra tí mediante el recuerdo de Allah y de hacer que deje de lado la palabrería y el alboroto que le impide que se le aparte el enojo (que es propio) de quien es tu enemigo e incluso le hace insistir en su falta y afilar la espada de su enemistad, ya que la palabra mala acarrea el mal. Y el bien es reprimido por el mal. No hay Fuerza sino en Allah (13).

     

Fuentees.shafaqna.com

    

Notas

1-A partir de aquí, en las dos versiones citadas dice: “Te desató de las ataduras de la esclavitud. Te liberó de la prisión dándote la propiedad de tí mismo y comodidad para adorar a tu Señor. Debes saber que él es para tí, en tu vida y en tu muerte, quien tiene más prioridad entre las criaturas, que su auxilio es obligatorio para tí aún con tu propia vida, y que te corresponde ayudarle en lo que necesite. No hay Fuerza sino en Allah”.

2-En las dos versiones citadas dice: “En cuanto al derecho de tu siervo a quien tú has favorecido, es que sepas que Allah, Poderoso e Imponente, ha hecho para tí que su liberación sea un medio de acceso a El y un velo contra el fuego. Tu premio inmediato es ser su heredero, en el caso de que no tenga parientes, como compensación por los bienes que has gastado en él. Tu premio posterior es el Jardín”.

3- A partir de aquí, en las dos versiones citadas dice: “…que tengas bellas palabras para con él, que supliques sinceramente por él en eso que está entre tú y Allah, Glorificado Sea. Si tú procedes así, le habrás agradecido tanto en secreto como abiertamente. Luego, si te es posible retribuirle (el favor), hazlo”.

4- En las dos versiones citadas dice: “El derecho del Muecín es que sepas que está recordándote a tu Señor, invocándote hacia tu dicha, y ayudándote a cumplir lo que Allah te ha prescrito. Por lo tanto agradécele de la misma manera en que lo haces con quien te hace un bien”.

5- A partir de aquí, en las dos versiones citadas dice: “Te ha ahorrado el temor de ponerte frente a Allah. Si realiza la oración con alguna falta o defecto se le carga a él y no a tí, pero si la cumple correctamente tú eres su copartícipe, sin tener ninguna superioridad sobre tí. Así, preserva tu alma mediante la suya, y tu oración a través de la suya. Por lo tanto, agradécele en esa medida”.

6-A partir de aquí, en las dos versiones citadas dice: “…y que no te levantes sin su permiso. Pero a él le está permitido que te deje sin pedir tu permiso. Deberías olvidar sus deslices y recordar sus cualidades y no deberías hablar sino bien de él”.

7- En las dos versiones citadas dice: “En cuanto al derecho de tu vecino, es que lo protejas cuando esté ausente, lo honres cuando esté presente y lo auxilies cuando esté oprimido. No persigas ningún defecto suyo, y si supieras algo malo de él, lo debes ocultar. Si sabes que aceptará tu consejo, aconséjalo de forma que quede entre tú y él. No lo desampares en la dificultad. No le des importancia a sus errores y perdona sus faltas. Trátale de manera distinguida. No hay Fuerza sino en Allah”.

8-En las dos versiones citadas dice: “En cuanto al derecho del compañero, es que lo acompañes con generosidad y honradez. Que lo honres como te honra y que no le permitas que te preceda en actuar generosamente, y si lo hizo, retribúyele la generosidad. Desea para él lo que él desea para tí y reténlo respecto a aquello en que no le importe desobedecer (a su Señor). Sé para él una misericordia, no un castigo. No hay Fuerza sino en Allah”.

9-En las dos versiones citadas dice: “En cuanto al derecho de la riqueza, es que no la obtengas sino de lo que es lícito, que no la gastes sino de esa manera, y que no te prives de ella reservándola para quien no te agradezca. Debes obrar con ella obedeciendo a tu Señor y sin ser avaro y miserable, ya que entonces atraerías el lamento y el arrepentimiento como consecuencia. No hay Fuerza sino en Allah”.

10- El derecho del deudor (al garim al ladhi tutalibuh) se ha omitido en todos los manuscritos que se conocen.

11-En las dos versiones citadas dice: “En cuanto al derecho de tu acreedor, es que, si tienes los medios, le pagues y si estás en una situación difícil, debes dejarlo satisfecho con buenas palabras y despedirlo con gentileza”.

12- A partir de aquí, en las dos versiones citadas sólo dice: “…y temas a Allah en lo que se refiere a sus asuntos”.

13- En las dos versiones citadas dice: “El derecho de tu adversario que tiene una queja contra tí, es que si aquello que alega es cierto, tú lo testimonies contra tí mismo, no le oprimas y le entregues su derecho. En cambio si lo que reclama es falso, compórtate amablemente y no muestres más que amabilidad en lo que a él concierne. De esta manera no desagradarás a tu Señor. No hay fuerza sino en Allah”.